Integraciones / Catastro

El Catastro, dentro del expediente inmobiliario

Consulta la referencia catastral y los datos de la parcela o la finca desde el asunto, y quédatelos como datos estructurados — no como un PDF que alguien guardó en una carpeta.

Qué hace

Una compraventa, una herencia, un arrendamiento o una segregación empiezan igual: alguien necesita saber qué dice el Catastro de ese inmueble. Superficie, uso, año de construcción, linderos, titularidad catastral, referencia.

El camino habitual es conocido. Se abre la sede electrónica del Catastro, se busca por referencia o por dirección, se descarga un PDF, se guarda en una carpeta compartida con un nombre que solo entiende quien lo guardó, y los datos que importan se reteclean a mano en el contrato, la hoja de encargo o la nota interna.

La integración con el Catastro hace la consulta desde el expediente. Buscas por referencia catastral o por dirección, Mandato devuelve los datos de la parcela o la finca, y el resultado queda vinculado automáticamente al expediente inmobiliario del que partiste.

Cómo funciona en Mandato

Dentro de un expediente inmobiliario hay un campo de referencia catastral. En cuanto lo rellenas — o en cuanto buscas por dirección y eliges el inmueble — Mandato consulta el Catastro y trae la ficha del bien.

Lo que vuelve no es una imagen ni un adjunto: son datos. Superficie construida, uso, situación, referencia. Al ser datos, se reutilizan: las plantillas del despacho — hoja de encargo, contrato de arras, escrito de alegaciones — los toman como campos de combinación en lugar de obligar a nadie a copiarlos.

El vínculo se mantiene. Si el expediente cambia de inmueble, o si añades una segunda finca a la misma operación, cada una conserva su consulta y su histórico. Y como la información vive en el expediente y no en el escritorio de una persona, el compañero que recoge el asunto en agosto encuentra lo mismo que dejó quien lo abrió en marzo.

Para un despacho inmobiliario el ahorro no está en la consulta, que siempre fue rápida, sino en todo lo que la rodea: nadie renombra un PDF, nadie transcribe una superficie a un contrato, nadie descubre en la firma que la referencia catastral del borrador no era la de la finca. El dato entra una vez, entra bien y se queda donde se le piden cuentas.

Lo que Mandato no hace

Mandato consulta el Catastro; no lo modifica. Las alteraciones catastrales se siguen tramitando fuera de Mandato, por los cauces habituales. Y la consulta catastral no sustituye a la información registral: para eso está la nota simple del Registro de la Propiedad, que también integramos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo buscar por dirección, sin la referencia catastral?

Sí. La búsqueda admite dirección o referencia catastral, y el inmueble elegido queda vinculado al expediente.

¿El Catastro me dice quién es el propietario?

El Catastro refleja la titularidad catastral, que no siempre coincide con la titularidad registral. Para la situación jurídica del inmueble, la fuente es el Registro de la Propiedad.

¿Los datos se actualizan solos?

La consulta devuelve el estado en el momento de consultarla y queda fechada en el expediente. Puedes volver a consultar cuando lo necesites; no sobrescribimos en silencio lo que ya archivaste.

Cada inmueble, con su ficha, en su expediente.

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