Cumplimiento sin carpetas de Excel

KYC por nacionalidad, cribado de sanciones y el archivo que exige la Ley 10/2010.

Prueba gratis 14 días

14 días de prueba · Sin permanencia

La Ley 10/2010 convirtió a los despachos en sujetos obligados para buena parte de lo que hacen: compraventa de inmuebles, constitución y gestión de sociedades, administración de fondos de clientes. Y la obligación no consiste en tener las copias. Consiste en poder demostrar, años después, qué se comprobó, cuándo, y con qué resultado.

Casi todos los despachos lo resuelven con una carpeta compartida y una hoja de cálculo. Funciona hasta el día de la primera inspección.

Funciona con
Qué incluye

Cumplir, con papeles que lo demuestran.

  1. KYC según la nacionalidad

    La lista de documentos correcta para cada cliente: DNI, NIE, pasaporte o equivalente.

  2. Cribado de sanciones

    Comprobación contra OpenSanctions, con el resultado fechado y guardado en el expediente.

  3. El archivo de la Ley 10/2010

    La documentación de diligencia debida, completa y localizable si llega una inspección.

  4. Registro de auditoría

    Cada acceso y cada cambio, anotado con autor y fecha. Sin ediciones silenciosas.

El cambio

La diligencia debida, sin carpetas de Excel.

Sin Mandato
  • Adivinar qué documentos pedir a un cliente extranjeroIdas y vueltas
  • Buscar a mano en listas de sanciones sueltas30 min
  • Reconstruir carpetas si llega un requerimientoDías
  • «¿Quién tocó este expediente?» — nadie lo sabeRiesgo
por requerimientoDías
Con Mandato
  • Documentos KYC según su nacionalidadUna lista
  • Cribado contra OpenSanctions, con resultado guardadoSegundos
  • El archivo de la Ley 10/2010, ya montadoYa está
  • Registro de auditoría de cada acciónSiempre
con el archivo montadoMinutos
El expediente, siempre listo

Estimación ilustrativa; la profundidad de la diligencia debida la decide el despacho según su riesgo.

KYC según de dónde venga el cliente

Un comprador español no aporta la misma documentación que un residente británico, un ciudadano marroquí o una sociedad luxemburguesa. Mandato pide en cada expediente la documentación que corresponde a la nacionalidad y a la forma jurídica del cliente, y no da el expediente por completo hasta que está.

Titularidad real de las sociedades, origen de los fondos, personas con responsabilidad pública. Lo que falta, se ve. Lo que caduca, avisa.

  • Requisitos documentales por nacionalidad y por forma jurídica.
  • Titularidad real, con la cadena societaria registrada.
  • Avisos de caducidad de documentos de identidad y de prueba de fondos.

Cribado de sanciones

Cada cliente, cada contraparte y cada titular real se criban contra OpenSanctions, que agrega las listas de sanciones de la Unión Europea, Naciones Unidas, la OFAC estadounidense y el Tesoro británico, junto con listados de personas con responsabilidad pública.

El cribado se ejecuta al alta y se repite de forma periódica, porque las listas cambian y un cliente limpio en enero puede no serlo en octubre. Cada ejecución queda registrada con su fecha y su resultado, haya coincidencia o no la haya.

El archivo de la Ley 10/2010

El expediente de diligencia debida se compone solo: identificación, documentos, cribado, evaluación de riesgo y las decisiones tomadas, con su fecha y su autor. Se conserva durante el plazo legal y se exporta completo cuando alguien lo pide.

Si el SEPBLAC pregunta por un cliente concreto, la respuesta es un documento. No una excavación arqueológica en una carpeta compartida.

Dónde viven los documentos que lo componen

Registro de auditoría

Todo lo que ocurre en Mandato queda escrito, y no se puede reescribir: quién abrió un expediente, quién descargó un documento, quién lanzó un cribado, quién cambió una evaluación de riesgo. El registro solo añade, nunca modifica.

No es una función más de cumplimiento. Es la condición para que las demás sirvan de algo: una comprobación que no se puede acreditar es, a efectos prácticos, una comprobación que no se hizo.

El impacto

El cumplimiento, medible.

  1. 20+

    nacionalidades atendidas por el despacho fundador, cada una con sus documentos de KYC

  2. 1archivo

    de diligencia debida por cliente, como pide la Ley 10/2010

  3. 100%

    de los cambios del expediente de cumplimiento, anotados con autor y fecha

La cifra de nacionalidades es del despacho fundador (Frank & Partners). Haz tus números con la calculadora de ahorro

Conectado con la Administración española
LexNETMinisterio de Justicia
AEATAgencia Tributaria
VeriFactuPreparadoRégimen AEAT
CatastroDirección General del Catastro
Registro de la PropiedadFincas y cargas
Registro MercantilSociedades y actos
BOE · BORMEBoletines oficiales
CENDOJJurisprudencia (en desarrollo)
NIE · ExtranjeríaSeguimiento del trámite
Ley 10/2010Prevención de blanqueo
Firma electrónicaMarco eIDAS

Nombres de sus respectivos titulares. Indican los sistemas con los que Mandato se integra; no implican patrocinio, certificación ni afiliación oficial.

Preguntas frecuentes

¿Qué listas de sanciones se consultan?

Mandato criba contra OpenSanctions, que consolida las listas de la Unión Europea, Naciones Unidas, la OFAC estadounidense y el HM Treasury británico, además de listados de personas con responsabilidad pública. Cada consulta se registra con su fecha y su resultado, exista o no coincidencia.

¿Cada cuánto se repite el cribado?

Al dar de alta al cliente, y después de forma periódica mientras la relación de negocio siga viva. La frecuencia se configura por nivel de riesgo. Un resultado positivo abre una alerta en el expediente y notifica al responsable de cumplimiento del despacho.

¿Decide Mandato si hay que comunicar una operación al SEPBLAC?

No. Esa decisión corresponde al despacho y a su representante ante el SEPBLAC. Mandato reúne la información, hace visible lo que no cuadra y deja el rastro documental que la comunicación exige. El criterio no se delega en un programa.

¿Qué pasa con los expedientes de cumplimiento cuando el asunto se cierra?

Se conservan durante el plazo que fija la Ley 10/2010 y siguen siendo consultables y exportables. Al vencer el plazo de conservación, Mandato avisa para que el despacho decida sobre su supresión conforme a su propia política de retención.

Cierra el primer expediente de diligencia debida.

Abre tu primer expediente de diligencia debida con los documentos de su nacionalidad ya pedidos.

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